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MAP eleva 151 órganos Estado suspendidos de labores o parcial por COVID-19

SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Administración Pública (MAP), dirigido por el ministro Ramón Ventura Camejo, dispuso que otras 15 instituciones del Estado suspendan sus actividades y 37 más laboren con el mínimo de su personal, para una cantidad de 52, utilizando la resolución 59-2020, las cuales, sumadas a las 99 anteriores con la disposición 58-2020, suman 151 los órganos oficiales intervenidos por el gobierno del Presidente Danilo Medina, para hacer frente al COVID-19 o coronavirus.

Las 15 entidades que cerrarán sus puertas, son el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCYT), el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de la Juventud, el Ministerio de Medio Ambiente, Ministerio de Turismo, Banco Nacional de Exportaciones, Consejo Estatal del Azúcar (CEA) y el Consejo Nacional de Promoción y Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (PROMIPYME).

La disposición incluye al Consejo Nacional de Drogas (CND), la Dirección de Pasaportes, la Dirección General de Empleo, la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, la Oficina Nacional de Derechos de Autor (ONDA), el Parque Zoológico Nacional y la Autoridad Nacional de Asuntos Marítimos (ANAMAR).

Estas instituciones, junto a las incluidas en la Resolución 058-2020 mantendrán el personal mínimo necesario para las gestiones administrativas y financieras básicas y para resguardar la integridad física de las instalaciones.

El listado de las entidades que permanecerán laborando con el mínimo de personal ahora incluye también al Ministerio de la Presidencia, el Ministerio Administrativo de la Presidencia, el Ministerio de Administración Pública, el Ministerio de Agricultura el Ministerio de Economía Planificación y Desarrollo (MEPYD) y el Ministerio de Educación.

Se agrega el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Industria Comercio y Mi pymes, el Ministerio de la Mujer, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX), el Ministerio de Trabajo, la Autoridad Portuaria Dominicana y el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación.

Además, la Corporación de Acueductos y Alcantarillados, la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, la Dirección General de Migración, la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana, la Empresa de Generación Hidroeléctrica, las Empresas Distribuidoras de Electricidad y el Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP).

Se añaden el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado (INAPA), el Instituto Nacional de Defensa de los Derechos del Consumidor (PROCONSUMIDOR) y el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), según lo informado por el periodista Luís Céspedes Peña.

Otras instituciones son el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), el Instituto Postal Dominicano; el Mercado Dominicano de Abastos Agropecuarios, la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), la Oficina Nacional de Meteorología; la Oficina Nacional de Estadísticas (ONE), la Refinería Dominicana de Petróleo (REFIDOMSA), la Superintendencia de Bancos; la Superintendencia de Seguros; la Superintendencia de Valores y la Superintendencia de Electricidad.

La Resolución aclara también que estas entidades que laborarán con el mínimo de personal y podrán atender consultas por los medios remotos haciendo uso del teletrabajo, de igual modo, deberán mantener un personal mínimo necesario para las gestiones administrativas y financieras básicas y de seguridad que garantice la integridad de las instalaciones.

El ministro del MAP, licenciado Ramón Ventura Camejo, especificó que el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI), por la naturaleza de su trabajo, continuará desarrollando sus labores y prestando servicios.

De la Resolución número 59-2020, quedaron excluidos los demás órganos de la administración pública no incluidos en los artículos precedentes, especialmente aquellos dedicados a los servicios de salud, seguridad pública, protección civil, servicios sociales, programas sociales, servicios de electricidad, de aguas potables y defensa nacional”.

La disposición establece que esas instituciones, en la medida de sus posibilidades, reduzcan al mínimo el personal no esencial y mantengan únicamente el que sea estrictamente necesario para garantizar sus operaciones.

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